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DIFERIMIENTO DEL PAGO DE CUOTAS DE TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AGRARIOS.

DIFERIMIENTO DEL PAGO DE CUOTAS  DE TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AGRARIOS. - ASESORÍA OFIGEM

Resolución de 30 de enero de 2019.La TGSS, ha autorizado a diferir el pago de cuotas a los trabajadores  por cuenta ajena agrarios, durante los periodos de inactividad correspondientes a los meses de enero a abril de 2019.

 

 

La entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, ha supuesto un aumento de las cuotas a ingresar por parte de los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, debido al incremento que se produce en las bases mínimas de cotización en el porcentaje experimentado para el año 2019 por el salario mínimo interprofesional.

 

 

 

 Al objeto de paliar las dificultades que los referidos trabajadores en situación de inactividad puedan tener para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social en los primeros meses del año como consecuencia del incremento señalado, resulta oportuno flexibilizar su cumplimiento mediante el diferimiento del plazo reglamentario para el ingreso de cuotas en situación de inactividad.

  • Se autoriza a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios,  que hayan realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en el año 2018, a diferir el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas por inactividad de los meses de enero a  abril de  2019, que deberán ingresarse mensualmente desde el mes de junio a septiembre de 2019, sin aplicación de recargo o interés alguno. 

 

  • Las solicitudes deberán presentarse antes del 12 de febrero de 2019, ante las Direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social. 

 

  • La no utilización del plazo de ingreso diferido, una vez autorizado el mismo, no dará derecho a la devolución de las cuotas ingresadas. 
07/02/2019 comentarios (0)
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