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LAS PENSIONES SE REVALORIZAN UN 0,25 POR CIENTO DESDE 1 DE ENERO DE 2016

LAS PENSIONES SE REVALORIZAN UN 0,25 POR CIENTO DESDE 1 DE ENERO DE 2016 - ASESORÍA OFIGEM

El Real Decreto 1170/2015 de 29 de diciembre de 2015, fija la revalorización del 0,25 por ciento de las cuantías mínimas de las pensiones del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva ... 

... de las pensiones no contributivas y de las pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.

Además se actualizan las cuantías de las asignaciones a favor de hijos con discapacidad con 18 o más años.

Se regula también la revalorización de las pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

 

Importes de las pensiones de la Seguridad Social en 2016 se fijan en cómputo anual, en las siguientes cuantías:

 

 

 

 

 

 

Clase de Pensión

 

 

 

                                  Titulares

 

Con cónyuge a cargo €/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal €/año

Con cónyuge no a cargo €/año

Jubilación

Titular con sesenta y cinco años

10.988,60

8.905,40

8.449,00

Titular menor de sesenta y cinco años

10.299,80

8.330,00

7.872,20

Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez

16.483,60

13.358,80

12.674,20

Incapacidad Permanente

Gran invalidez

16.483,60

13.358,80

12.674,20

Absoluta

10.988,60

8.905,40

8.449,00

Total: Titular con sesenta y cinco años

10.988,60

8.905,40

8.449,00

Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

10.299,80

8.330,00

7.872,20

Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años

5.538,40

5.538,40

55% Base mínima

de cotización del Régimen General

Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años

10.988,60

8.905,40

8.449,00

Viudedad

Titular con cargas familiares

10.299,80

 

Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65%

8.905,40

 

Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

8.330,00

 

Titular con menos de sesenta años

6.724,40

Orfandad

Cuantía

Por beneficiario en la orfandad absoluta mínimo se incrementará en 6.742,40 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios

 

2.720,20

Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65%

 

5.3353,60

En favor de familiares

Cuantía

Por beneficiario

Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:

  • Un solo beneficiario con sesenta y cinco años
  • Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años

 

Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.022,20 euros/año entre el número de beneficiarios

 

 

2.720,20

 

6.575,80

6.195,00

 

Las cuantía de la pensión de jubilación e invalidez, en su modalidad no contributiva, se fijan en 5.150,60 euros íntegros anuales.

§ Las cuantía de las pensiones SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) no concurrentes con otras pensiones públicas se establece en 5.698,00 €/año y las concurrentes en 5.532,80 €/año.

 

§ En relación con las prestaciones familiares de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, se establecen las siguientes cuantías

 

 

 

Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo

Cuantía Anual

Norma general por hijo o menor acogido

291 euros

Hijo o menor acogido con discapacidad ≥ al 33%

1.000 euros

Hijo a cargo > 18 años, con discapacidad ≥ al 65%

4.414,80 euros

Hijo a cargo > 18 años, con discapacidad ≥ al 75%

6.622,80  euros

 

Los subsidios económicos regulados en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión se fijarán, según la clase de subsidio, en las siguientes cuantías:

 

Concepto

Cuantía mensual

Subsidio de garantía de ingresos mínimos

149,86 euros

Subsidio por ayuda de tercera persona

58,45 euros

Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte

63,30 euros

 

 Por último las pensiones asistenciales ascenderán a 149,86 euros íntegros mensuales. 

20/01/2016 comentarios (0)
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