Para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas, del ejercicio 2016, dicha resolución, establece que su cobro se realizará a través de entidades de crédito colaboradoras, con el documento de ingresos que se hará llegar al contribuyente.
Si dicho documento no es recibido o se extravía, el controbuyente deberá de recoger un duplicado en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Hacienda).
El plazo que se establece para el ingreso en periodo voluntario de las cuotas mencionadas anterioremente se fija :
desde el 15 de Septiembre, hasta el 21 de Noviembre de 2016, ambos inclusive.