Beneficiarios:
Podrán acogerse a estas ayudas las PYMES que se enfrentan a una falta de liquidez u a otro tipo de perjuicios significativos a raíz del brote de COVID-19, y, en general, cuyos resultados económicos se vean afectados como consecuencia del estado de alarma decretado a raíz del COVID-19, cuya actividad objeto del proyecto se localice en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Mu
Cuantía de la subvención:
Subvención en concepto de subsidiación de tipo de interés y, en su caso coste del aval, establecido en el contrato de préstamo y aval entre el beneficiario, la entidad financiera y en su caso, la entidad avalista, con un máximo del 1,25% del tipo de interés del préstamo, con el límite de las 5 primeras anualidades de amortización del mismo y, en su caso, el 0,75% anual sobre el saldo vivo del aval y hasta el plazo máximo del mismo. Los citados tipos de interés y comisión de aval máximos, no podrán exceder, en ningún caso, a los establecidos en los contratos de préstamo y aval. En cualquier caso, el importe máximo de la subvención que podrá obtener un beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 50.000 €.
Plazo de presentación:
La solicitud de ayuda podrá presentarse desde las 9 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria hasta el 30 de septiembre de 2020.
Para más información puedes consultar el siguiente enlace: https://www.borm.es/services/anuncio/784535/pdf