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REGISTRO DE JORNADA DIARIA DE LOS TRABAJADORES Y SU OBLIGATORIEDAD.

REGISTRO DE JORNADA DIARIA DE LOS TRABAJADORES Y SU OBLIGATORIEDAD. - ASESORÍA OFIGEM

Todas las empresas deben contar con este registro,  con independencia del volumen de la empresa y del número de trabajadores, así como de la actividad

El pasado 4 de diciembre de 2015 la Audiencia Nacional dictó una sentencia por la que se declara la obligación de establecer un sistema de registro de la jornadadiaria efectiva que realizan los trabajadores  con la finalidad de poder comprobar el cumplimiento de los horarios pactados y la eventual realización de horas extraordinarias.

 

Tal y como se establecía  hasta el momento en el Real Decreto Ley 16/2013 de 20 diciembre sobre Medidas para Favorecer La Contratación Estable y Mejorar La Empleabilidad de los Trabajadores y más concretamente en el apartado 5.h del artículo 12 del ET que señala expresamente que la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día.

La mayor parte de las empresas ya están dando cumplimiento a esta obligación, para los trabajadores a tiempo parcial, sin tener en cuenta que dicha obligación de registro de jornadas también se tienen que hacer para los trabajadores con contrato a tiempo completo.

Existen varias Sentencias que obligan al registro de horas, no solo de horas extras, sino un registro de jornada diaria, para los trabajadores con jornada completa, especialmente en la Sentencia   de la Audiencia Nacional, dictada el 04 de  diciembre de 2015  y en la Sentencia del mismo órgano de fecha 19 de febrero de 2016 , han sentenciado que todas las empresas deben de efectuar el registro diario de las jornadas de cada trabajador, este deberá recoger todas las horas extraordinarias y las estipuladas en el contrato de los trabajadores sin discriminar el tipo de contrato. 

 

¿Qué ocurre en caso de incumplimiento del registro?

El incumplimiento del deber de realizar el registro diario constituye una infracción leve en materia laboral, que puede sancionarse con multa de 60 a 625 euros.

Si el incumplimiento se refiere a la transgresión de los límites de la jornada, horas extras y complementarias, se considerará una infracción grave, sancionable con multa de 626 a 6.250 euros.

En  los contratos a tiempo parcial, en el caso de existir horas extraordinarias no registradas se entenderá que se trata de un contrato  laboral a tiempo completo y no a jornada parcial. 

 

¿Cómo deben ser los registros de jornada?

 

No hay un modelo formal establecido, por lo que si no tiene instalado un sistema de control de presencia y horario (fichas, tarjetas, telemático, huellas, etc.) en su empresa, tendrá que elaborar y gestionar una forma de registro de la jornada diaria de sus trabajadores, aunque sea en una plantilla realizada por Ud. mismo, y totalizar la realizada por cada uno, entregándoles una copia junto con la nómina.

 

¿Qué datos debe contener el documento de registro de jornada de los trabajadores?

 

-          Identificación de la empresa y del trabajador. 

-          Especificación de la jornada de trabajo estipulada en el contrato de trabajo. 

-          Detalle de las horas laborales ordinarias, complementarias y extraordinarias realizadas, y desglosadas por cada día de trabajo. 

-          Firma diaria del trabajador y hora de entrada y salida del centro de trabajo. 

-          Firma del representante de la empresa. 

-          Recibo del trabajador. 

 

 

Si tenéis alguna duda al respecto o necesitáis cualquier ayuda para llevar a cabo dicho registro, poneros en contacto con nosotros. 

15/06/2016 comentarios (0)
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