El plazo de solicitud va desde el 11 de marzo hasta el día 30 de abril, ambos inclusive.
Pueden solicitarlos las personas físicas o jurídicas que produzcan, transformen o comercialicen productos obtenidos, dentro del marco de la Comunidad Valenciana, por técnicas de agricultura integrada, esto es, agricultores o empresas agrarias productoras, empresas elaboradoras y envasadoras.
Para el fomento de la producción integrada podrán reconocerse agrupaciones de producción integrada en agricultura. Dicho reconocimiento corresponderá a la consejería competente en materia de agricultura.
Para su inclusión en el registro, los operadores deberán comunicar su actividad como producción integrada a las autoridades competentes donde radiquen las superficies de producción y sus instalaciones, para ser inscritos en los correspondientes registros, en forma de comunicación previa o declaración responsable de cumplir los requisitos que se prevén en la Orden 44/2010.
Entre los requisitos que debe cumplir un productor inscrito en el Registro de Producción Integrada está el disponer de un cuaderno de explotación donde se anoten todas las operaciones y prácticas de cultivo, que serán calificadas periódicamente, y validadas, por la entidad de control y certificación correspondiente.
Para mayor información consulte el siguiente enlace: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1037