ASESORÍA OFIGEMwww.ofigem.es

AYUDAS A DESEMPLEADOS QUE EMPRENDAN COMO AUTÓNOMO.

EAUTOE 2019- Ayudas a personas desempleadas que accedan a su empleo a través de la creación de actividad empresarial como personal trabajador autónomo en proyectos innovadores para el ejercicio 2019

 

Se trata de la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del programa de fomento del trabajo autónomo, por el que se otorga una subvención en concepto de renta de subsistencia a las personas desempleadas que accedan a su empleo a través de la creación de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores.

 

 

A los efectos de esta convocatoria, se considerará innovador:

- proyectos empresariales que ofrezcan alguna novedad o mejora sobre productos o servicios existentes
- actividades empresariales o profesionales en las que se detecte una falta de oferta en el territorio donde la persona trabajadora autónoma vaya a prestar servicios.
- ideas de negocio, en sectores maduros, que den respuesta a necesidades no cubiertas.

BENEFICIARIOS:

Personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia, no incursos en las prohibiciones establecidas al efecto.

No podrán ser  beneficiarias las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como el personal miembro de comunidades de bienes y personal autónomo colaborador.

REQUISITOS:

a) Haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2019.

b) Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el inicio de la actividad.

c) Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente con carácter previo a la presentación de la solicitud.

d) No haber figurado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los 6 meses anteriores al inicio de la actividad.

e) Desarrollar la actividad de forma independiente.

f) No haber sido beneficiario en alguno de los tres ejercicios anteriores de otras subvenciones de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación por constitución como autónomo.

g) El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunidad Valenciana.

IMPORTE DE LA AYUDA:

Dependerá del colectivo al que perteneciera la persona solicitante en el momento del alta:

a) Personas desempleadas en general: 2.500 euros.

b) Personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros

c) Personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500 euros.

d) Mujeres desempleadas víctimas de la violencia sobre la mujer: 4.500 euros.

Los importes establecidos en las letras a), b) y c) se incrementarán en 500 euros en el caso de las mujeres.


La liquidación de las ayudas se efectuará una vez justificadas las condiciones establecidas, librándose de una sola vez el importe de la ayuda concedida. No obstante, dichas ayudas quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Inicio el 7-02-19 y finalizará 1-10-2019. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la fecha de inicio que conste en la Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios

 

 

Para más información consulta el siguiente enlace:

http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20014

 

Fuente: gva.es

15/02/2019
Privacy Policy