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Si nos estamos planteando volver a recurrir a un trabajador que ya tuvimos contratado, con un contrato eventual, tenemos que tener cuenta lo siguiente:
No permitir el disfrute de las vacacones, produce daños físicos y psíquicos indemnizables en el trabajador.
La trabajadora, de mutuo acuerdo con el empresario, puede pactar con éste acumular en jornadas completas su permiso de lactancia cuando su hijo sea menor de nueve.
El periodo de vacaciones anuales no puede ser sustituido por compensación económica.