Solicitantes:
Pueden solicitarlas cualquier entidad o persona jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como los empresarios individuales.
Plazo de presentación:
Desde su publicación hasta el 19 de junio de 2017 (a las 24 horas)
Actuaciones apoyables:
Las ayudas podrán ir destinadas a las actuaciones que se describen en el anexo de la convocatoria.
Actuaciones:
1. Energía Solar Térmica,
2. Energía solar fotovoltaica aislada o mixta eólica-fotovoltaica aislada,
3. Energía eólica aislada,
4. Biomasa térmica, equipos de tratamiento en campo de biomasa para astillado o empacado y adaptación de camiones cisterna, plantas de fabricación de pellets/briquetas e instalaciones híbridas solar térmica/biomasa térmica.
5. Biogás térmico.
6. Energía geotérmica,
7. Energía minihidráulica aislada,
8. Biocarburantes.
Para más información consulta el siguiente enlace: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=764