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¿COMO HE DE VENDER EN EL MERCADO MIS PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD?

¿COMO HE DE VENDER EN EL MERCADO MIS PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD? - ASESORÍA OFIGEM

En la Cdad Valenciana se publicaba el pasado 24.04.2020en el DOGV (8799), las Resolución donde se determinan las condiciones de apertura de los mercados de venta no sedentaria de productos de primera necesidad durante el estado de alarma.

 

 

En dicha resolución se establecen las siguientes medidas en cuanto a las condiciones de los vendedores en un mismo puesto:

 

  1. La distancia entre los vendedores de 2 metros, en caso de no cumplir, solo podrá haber un vendedor.
  2. Marcar distanciamiento entre el puesto de venta y el cliente, mediante cinta adhesiva u otro medio, así también se deberá marcar la distancia entre las personas que estén a la espera
  3. Distancia entre cliente y vendedor será de 2 metros.
  4. El vendedor del puesto es la única persona que puede tocar el producto.
  5. El vendedor deberá llevar guantes, mascarilla y limpiar el puesto de trabajo asiduamente.
  6. El puesto de venta deberá disponer de dispositivos para residuos con pedal y/o bolsas que permitan su cierre estanco.
  7. Al final de la jornada toda la maquinaria debe de ser limpiados y desinfectados.

 

Por su parte, cada ayuntamiento deberá de encargarse de controlar las medidas de distanciamiento entre puestos, control de accesos, etc,, que vienen regulados en la resolución mencionada anteriormente.

 

Así mismo, recordarle que estas son las medidas específicas para este tipo de venta, no obstante, además de ellas, han de cumplir el resto de normativa establecida a nivel nacional para el comercio en general.

 

 

La presente resolución tendrá efectos el 30 de Abril de 2020 y mantendrá la eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma.

 

 

08/05/2020 comentarios (0)
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