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INCUMPLIR EL PLAZO DE REINCORPORACIÓN TRAS LA EXCEDENCIA.

INCUMPLIR EL PLAZO DE REINCORPORACIÓN TRAS LA EXCEDENCIA. - ASESORÍA OFIGEM

Incumplir el plazo que fija el convenio para solicitar el reingreso tras una excedencia. ¿SUPONE AUTOMATICAMENTE PERDER EL DERECHO?

En el caso de que el convenio fije un plazo determinado para que el trabajador solicite el reingreso tras una excedencia voluntaria,  y  el trabajador incumpla ese plazo. En este supuesto, ¿pierde automáticamente su derecho a reincorporarse?

 

Aunque se crea que se pierde automáticamente el derecho al ingreso, no es así en todos los casos.

El Tribunal Supremo ha diferenciado  dos supuestos (sentencia del TS de 29.09.14, que recopila lo dispuesto en sentencias anteriores):

 

ü    Que el Convenio se limite a fijar el plazo, pero no prevea efecto alguno para su incumplimiento, caso en el cual no puede entenderse que la omisión del preaviso determine la pérdida del derecho al reingreso, siendo así que es principio general del Derecho que la interpretación de normas restrictivas de derechos no puede ser extensiva y llevar aún más lejos la previsión restrictiva.  Esto significa que no se considera extinguida la relación laboral.

 

Que el Convenio disponga que el incumplimiento del plazo comporta el "cese definitivo" en la empresa. En este caso, el trabajador pierde el derecho al reingreso. Si es el caso, la relación se considera extinguida

26/04/2017 comentarios (0)
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