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LAS PENSIONES SUBEN UN 0,25 % PARA EL 2018

LAS PENSIONES SUBEN UN 0,25 % PARA EL 2018 - ASESORÍA OFIGEM

El Real Decreto 1079/17, de 29 de diciembre, fija la revalorización del 0,25% de las pensiones de Seguridad Social para el 2018, tanto las de Clases Pasivas, como las de Seguridad Social y otras pensiones públicas.  

 

 

 

 

La pensión mínima de jubilación de una persona con 65 o más años y cónyuge a cargo pasará a ser de 788,90 euros mensuales. Los que no tengan cónyuge cobrarán un mínimo de 639,30 euros, mientras que lo que tienen cónyuge pero no a cargo percibirán 606,70 euros mensuales.

 

               

1.- Importes  mínimos de las pensiones de la  modalidad contributiva del Sistema de  la Seguridad Social en 2018 se fijan en cómputo anual, en las siguientes cuantías

 

 

 

 

Clase de Pensión

 

 

 

                                  Titulares

 

Con cónyuge a cargo €/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal €/año

Con cónyuge no a cargo €/año

Jubilación

Titular con sesenta y cinco años

11.044,60

  8.950,20

 8.493.80

Titular menor de sesenta y cinco años

10.353,00

  8.372,00

 7.914,20

Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez

16.567,60

13.426,00

12.741,40

Incapacidad Permanente

Gran invalidez

16.567,60

13.426,00

12.741,40

Absoluta

11.044,60

  8.950,20

  8.493,80

Total: Titular con sesenta y cinco años

11.044,60

  8.950,20

  8.493,80

Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

10.353,00

  8.372,00

  7.914,20

Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años

  5.566,40

  5.566,40

 

Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años

11.044,60

  8.950,20

  8.493,80

Viudedad

Titular con cargas familiares

10.353,00

 

Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65%

  8.950,20

 

Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

  8.372,00

 

Titular con menos de sesenta años

  6.778,80

Orfandad

Cuantía

Por beneficiario en la orfandad absoluta mínimo se incrementará en 6.760,60 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios

 

 2.734,20

Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65%

 

 5.381,60

En favor de familiares

Cuantía

Por beneficiario

Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:

  • Un solo beneficiario con sesenta y cinco años
  • Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años

 

Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.033,40 euros/año entre el número de beneficiarios

 

 

 2.734,20

 

 6.609,40

 6.228,60

 

 

                Límite de ingresos para el reconocimiento de  complementos económicos por mínimos para el 2018:

 

  • Sin cónyuge a cargo:  7.133,97 euros/año.
  • Con cónyuge a cargo: 8.321,85 euros/año.

 

                2.-  Cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas para el 2018

 

 

 

 

A

Pensión mínima

Mensual

Euros

B

Ingresos anuales

Máximos

Euros

Pensión de jubilación o retiro con cónyuge a cargo del titular

788,90

18.178.57

Pensión de Jubilación o retiro sin cónyuge

639,30

16,084,17

Pensión de Jubilación o retiro con cónyuge no a cargo

606,70

15.627,27

Pensión de viudedad

639,30

16.084,17

Pensión  o pensiones en favor de otros familiares, siendo “n”  el número de beneficiarios de la pensión o pensiones

623,20

    n

7.133,97 +

8.724,80

    n

 

El límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos para mínimos en 2018 es 7.133,97 euros/año.

 

 

CUANTIA DE OTRAS PENSIONES Y PRESTACIONES PÚBLICAS

 

  • Las cuantía de la pensión de jubilación e invalidez, en su modalidad no contributiva, se fijan en 5.178,60 euros íntegros anuales.

§ Las cuantía de las pensiones SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) no concurrentes con otras pensiones públicas se establece en 5.728,80 €/año y las concurrentes en 5.560,80 €/año.

 

  • En relación con las prestaciones familiares de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, se establecen las siguientes cuantías:

 

 

 

Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo

Cuantía Anual

Norma general por hijo o menor acogido

291 euros

Hijo o menor acogido con discapacidad ≥ al 33%

1.000 euros

Hijo a cargo > 18 años, con discapacidad ≥ al 65%

4.438,80 euros

Hijo a cargo > 18 años, con discapacidad ≥ al 75%

      6.658,80  euros

 

                Prestación por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres con discapacidad establecida en el artículo 357 y cuya cuantía se recoge en artículo 358 del testo refundido de la Ley General de la Seguridad Social: 1000 euros.

               

Límite de ingresos para el reconocimiento de las prestaciones familiares de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo:

  • Cuantía a la que se refiere el párrafo primero del artículo 352.1C) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (hijos o menor a cargo sin discapacidad): 11.605,77 euros/año.
  • Cuantía a la que se refiere el párrafo segundo del artículo 352.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (familia numerosa): 17.467,40 euros/ año, incrementándose en 2.829,24 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.

 

  • Los subsidios económicos regulados en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión se fijarán, según la clase de subsidio, en las siguientes cuantías:

 

Concepto

Cuantía mensual

Subsidio de garantía de ingresos mínimos

149,86 euros

Subsidio por ayuda de tercera persona

58,45 euros

Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte

63,50 euros

 

 

.

 

 

 

 

 

 

 

10/01/2018 comentarios (0)
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