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PREMIOS EMPRENDEDOR DEL AÑO, REGIÓN DE MURCIA.

PREMIOS EMPRENDEDOR DEL AÑO, REGIÓN DE MURCIA. - ASESORÍA OFIGEM

Han sido publicadas en el BORM del 11 de abril, las bases reguladoras de los Premios Emprendedor del Año del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

Dichas ayudas, están comprendidas en las línas de subvención del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la  Región de Murcia 2015-2018, aprobado en Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 14 de noviembre de 2014, con arreglo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Hay tres premios a otorgar de diferente cuantia: Las tres empresas mejor valoradas según los criterios de valoración establecidos en el artículo 8 de estas bases, recibirán un premio con la siguiente dotación económica:

Primer premio: 6.000,00 euros
Segundo premio: 4.000,00 euros
Tercer premio: 2.000,00 euros


Los premios son de libre disposición, al amparo del Reglamento (CE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas de
mínimis, publicado en el DOUE núm. 352 de 24 de diciembre de 2013.

Los beneficiarios, serán empresas que hayan recibido durante el ejercicio previo a cada convocatoria, el galardón de Premio Emprendedor del Mes, y cumplan las distintas condiciones establecidas en el Reglamento (CE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas de mínimis, publicado en el DOUE núm. 352 de 24 de diciembre de 2013, tal y como se establece en el artículo 3.


El artículo 4, regula los requisitos de las empresas beneficiarias, y que son:
a) Tener un establecimiento productivo o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Declarar conforme al modelo del Anexo y, en su caso, acreditar, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y acreditarán no encontrarse incursos en las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Si estás interesado y necesitas más información, consulta la url:  http://www.borm.es/borm/documento?obj=anu&numero=2927&ano=2016

11/04/2016
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