El objetivo de este programa es reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria) y de las instalaciones de iluminación interior de los edificios de uso terciario
BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarias las empresas o entidades de naturaleza pública o privada.
El proyecto objeto de subvención deberá radicar dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.
IMPORTE DE LA AYUDA:
Subvención a fondo perdido, con los límites y características establecidos según las actuaciones:
· Actuación ED32: la cuantía máxima de la ayuda será del 30% del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de 200.000 euros por proyecto.
· Actuación ED33: la cuantía máxima de la ayuda será del 25% del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de 50.000 euros por proyecto.
INVERSIÓN ELEGIBLE:
Actuación ED32: Se considera inversión elegible del proyecto:
- Equipos de generación y transporte.
- Tuberías de transporte de los fluidos caloportadores y sus elementos auxiliares.
- Montaje y puesta en marcha
- Equipos auxiliares de regulación, control y contabilización.
- Proyecto de Ingeniería.
- En el caso de que el proyecto de ahorro suponga un cambio de combustible a gas natural, se considerará también coste subvencionable la instalación de gas natural desde contadores de gas hasta los equipos consumidores finales, la Estación de Regulación y Medida, y/o la instalación de gas natural licuado, incluido el depósito y elementos auxiliares (evaporadores, válvulas, etc.). El combustible sustituido deberá ser electricidad o un producto derivado del petróleo, no siendo apoyable si el combustible sustituido es biomasa o cualquier combustible renovable.
Se considerarán sólo proyectos cuya inversión elegible sea superior a 6.000 euros.
Actuación ED33: Se considera inversión elegible del proyecto, las inversiones en luminarias, lámparas, equipos, sistemas auxiliares de control y regulación y los costes asociados a la instalación en la parte correspondiente a esta medida.
Se consideraran sólo proyectos cuyo coste subvencionable sea superior a 6.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Desde el 6 de Marzo de 2019 hasta el 16 de abril de 2019, a las 23:59.59 horas.
Para más información consulta el siguiente enlace: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=3088
Fuente: gva.es