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RENTA 2018: BECAS EXENTAS.

RENTA 2018: BECAS EXENTAS. - ASESORÍA OFIGEM

Desde el 1 de enero de 2018, se incrementaron los límites exentos de las becas públicas y de las concedidas por entidades sin fines lucrativos o por fundaciones bancarias para cursar estudios reglados.

 

 

Estas exenciones, al igual que el resto de conceptos exentos,  vienen reguladas en el artículo 7 de la Ley del IRPF.

 

 

En concreto los límites exentos son los siguientes:

 

a) Para estudios reglados hasta el segundo ciclo universitario:

  • De 3.000 a 6.000 euros anuales, en general, sin incluir gastos de transporte y alojamiento.
  • De 15.000 a 18.000 euros anuales, cuando incluya gastos de transporte y alojamiento.
  • De 18.000 a 21.000 euros anuales, cuando los estudios se realicen en el extranjero.

 

b) Para estudios reglados de tercer ciclo universitario:

  • De 18.000 a 21.000 euros anuales, con carácter general.
  • De 21.600 a 24.600 euros anuales, cuando se trate de estudios en el extranjero.

 

Y recuerde, no debe de confirmar el borrador de su IRPF sin haber comprobado antes que están incluidas todas las percepciones cobradas, así como todas aquellas reducciones y bonificaciones a las que tenga derecho.  Si confirma el borrador y no es correcto, la Agencia Tributaria no le exime de las sanciones.

Y por último, acuda siempre a especialistas que al confeccionarle su declaración, se hagan responsables del trabajo desarrollado.

Si necesitan atención especializada de profesionales del sector, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

20/05/2019 comentarios (0)
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