ASESORÍA OFIGEMwww.ofigem.es

Home » Actualidad » AYUDAS Y SUBVENCIONES » SubvencionesFomento del Empleo dirigido al Emprendimiento.

SubvencionesFomento del Empleo dirigido al Emprendimiento.

Ayudas a personas desempleadas que accedan a su empleo a través de la creación de actividad empresarial como personal trabajador autónomo en proyectos innovadores.

Se establecen para el año 2018 subvenciones en concepto de renta de subsistencia a las personas desempleadas que acceden a su empleo a través de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores.
La subvención sólo se concederá para centros de trabajo radicados en la Comunidad Valenciana.

 

SOLICITANTES:

1.- Las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente Centro Servef, Que hayan iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2018 hasta el 1 de octubre de 2018.

2.- Se entenderá como personal trabajador autónomo o por cuenta propia aquél que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo sin sujeción a contrato de trabajo, aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.

3.- Quedan excluidos los socios de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como los miembros de comunidades de bienes y autónomos colaboradores.

 

 

REQUISITOS

a)      El inicio de la actividad de las personas solicitantes deberá producirse a partir del 1 de enero de 2018. Se considerará a estos efectos como fecha de inicio la que conste en el documento de Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios (mod. 036 ó 037). 

b)      El alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente deberán ser previas a la presentación de la solicitud.

c)      Permanecer desempleado e inscrito como demandante de empleo en el SERVEF hasta el inicio de la actividad; asimismo no deben haber figurado encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en los 6 meses anteriores al inicio de aquella. 

d)     No haber disfrutado en alguno de los tres ejercicios anteriores ni haber solicitado en el presente ejercicio otras subvenciones por el mismo concepto. 

e)      Desarrollar la actividad de forma independiente.

f)       El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunidad Valenciana.

 

CUANTÍA:

  1. El importe de la subvención se determinará en función de la pertenencia de la persona solicitante en el momento del alta como personal autónomo a alguno de los siguientes colectivos: 

a)      Personas Desempleadas en general: 2.500 euros

b)       Personas Desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros

c)       Personas Desempleadas con diversidad funcional: 3.500 euros

d)      Mujeres desempleadas víctimas de la violencia de género: 4.500 euros.


2. El importe establecido en las letras a), b) y c) del apartado 1 se incrementará en 500 euros en caso de las mujeres.

 

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para la constitución en personal trabajador autónomo o profesional por cuenta propia comenzará a partir del día siguiente al de publicación del extracto de esta resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 1 de octubre de 2018.

 

Para más información consulta el siguiente enlace:

http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19120&version=amp

22/02/2018
ASESORÍA OFIGEM

Localícenos

Privacy Policy