Las podrán solicitarlas todos aquellos titulares de explotaciones ganaderas de producción, reproducción y centros de concentración que radiquen en el territorio de la CV y estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la CV creado por la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la CV
La ayuda pública consistirá en un porcentaje máximo del 40% del importe de los costes subvencionables, que se podrá incrementar en un 10%, en los siguientes casos:
- Inversiones realizadas por jóvenes ganaderos que se hayan establecido durante los cinco años anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda .
- Las inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
- Las inversiones para la mejora del entorno natural, las condiciones de higiene o las normas de bienestar animal, siempre que la inversión de que se trate supere las normas de la Unión Europea vigentes; el aumento del porcentaje previsto en el presente apartado será aplicable únicamente a los costes adicionales necesarios para lograr un nivel superior al de las normas de la Unión vigentes sin provocar un aumento de la capacidad de producción .
El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2018 será de 20 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV nº 8189, de 13/12/2017
El plazo de justificación de las inversiones para el ejercicio 2018 será hasta el día 15 de octubre de 2018.
Para mayor información puedes consultar el siguiente enlace:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18528
Fuente: gva.es