En concreto son ayudas bajo la modalidad de préstamo bonificado, para facilitar el acceso a la financiación de las empresas de la Comunidad Valenciana que cuenten con un Plan Promoción Internacional, de forma que les permita poder acometer la puesta en marcha y desarrollo de actividades vinculadas a la promoción de la empresa y sus productos o servicios en los mercados exteriores.
SOLICITANTES:
PYME con sede social en la Comunidad Valenciana que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 20/2016, de 19 de octubre.
Se considerará PYME la entidad cuyas características se ajusten a lo dispuesto en la normativa, que tienen disponible en la dirección web del IVACE: http://www.ivace.es
TIPO DE AYUDA:
La ayuda reembolsable consistirá en la concesión de un préstamo bonificado en su tipo de interés.
La ayuda reembolsable concedida estará destinada a cubrir los gastos subvencionables del proyecto previsto en el Plan Promoción Internacional.
Características del Préstamo bonificado:
a) Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables, con un límite de 60.000 euros.
b) Tipo de interés: 0 %
c) Amortización del préstamo: el plazo de amortización será de 36 meses y las cuotas de amortización semestrales. La primera cuota se hará efectiva el 30 de octubre de 2019 y las siguientes sucesivamente cada semestre hasta el 30 de abril de 2022.
d) Garantías: la garantía será del 30% del importe del préstamo, y se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca
e) Comisiones: sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Desde el 9 de marzo de 2018 y hasta el 18 de mayo de 2018.
Para más información consulta el siguiente enlace:
http://www.dogv.gva.es/datos/2018/03/08/pdf/2018_2410.pdf
O bien, consulta la web : http://www.ivace.es