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SUBVENCIONES DE FOMENTO DE LA CONTRATACION REGIÓN DE MURCIA

SUBVENCIONES DE FOMENTO DE LA CONTRATACION REGIÓN DE MURCIA - ASESORÍA OFIGEM

Se trata de Subvenciones de Fomento de la Contratación Indefinida, Prácticas y Conversión en Indefinidos de Contrato Formativos en la Región de Murcia.

 

 

Son beneficiarias de las subvenciones  las  empresas cuyo centro de trabajo para el que se realice la contratación por la que se solicita la subvención se encuentre en la Región de Murcia.

 

 

 

  SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACION INDEFINIDA DE JÓVENES BENEFICIARIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL.

 1.     Objeto

 

Subvencionar las contrataciones indefinidas realizadas a tiempo completo, o a tiempo parcial cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo, de personas jóvenes beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil residentes en la Región de Murcia.

 2.     Requisitos

 

Será requisito, que la empresa solicitante no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

 

a) Hallarse al corriente  con la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

b)  Estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

c) Encontrarse al corriente con la Seguridad Social.

 

d) Formalizar un contrato de trabajo subvencionable con personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil residentes en la Región de Murcia.

 

Sin perjuicio de las obligaciones que se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios deberán cumplir la siguiente obligación:

 

- Mantenimiento del puesto de trabajo. Las empresas beneficiarias vendrán obligadas al mantenimiento de los contratos subvencionados durante un período de dos años (730 días).

 

3.- Cuantía

 

La cuantía estará en función de la duración de jornada del contrato, y en su caso, de la titulación del joven contratado:

 

En general

 

- A tiempo completo: 6.000,00 €

- A tiempo parcial: 3.000,00 €

Si la persona contratada es titulado universitario y el contrato indefinido se realiza para el desarrollo de tareas propias de su titulación (art. 6.1 d.). Se considerará que la contratación del titulado universitario se ajusta a lo indicado en este apartado, cuando el alta en la seguridad Social se produzca dentro de los grupos de cotización 1 o 2, según titulación.

 

- A tiempo completo: 7.500,00 €

- A tiempo parcial: 3.750,00 €

 

 

 Para más información consulte al siguiente enlace:

 

https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1204&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m 

 

 

SUBVENCIONES  DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA.

 

1.- Objeto

 

El fomento  de las contrataciones indefinidas realizadas a tiempo completo, o a tiempo parcial cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo, a personas desempleadas.

 

2.- Requisitos

 

Será requisito, que la empresa solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

 

a) Hallarse al corriente con  la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

b) Estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

c) Encontrarse al corriente con la Seguridad Social.

 

1.   Formalizar un contrato de trabajo indefinido con personas desempleadas que con anterioridad al inicio de la relación laboral: 

 

a) Se encuentren inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración.

 

b) Tengan cumplidos 45 años o más, se encuentren inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de Empleo de la Región de Murcia, y puedan ser consideradas en situación de desempleo prolongado.

 

c) Hayan obtenido la condición de beneficiarias del Programa de Activación para el Empleo por el Servicio Público de Empleo Estatal, y estén inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia.

 

d) No hayan cumplido 30 años de edad, y se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia.

 

e) Se encuentren inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia y realizando prácticas no laborales en empresas, siempre y cuando la contratación por la que se solicita la subvención se formalice por la misma empresa durante la vigencia del acuerdo de prácticas y hayan transcurrido al menos seis meses desde el inicio de las mismas.

 

f) Se encuentren inscritas en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia y puedan ser consideradas víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo o personas en situación de riesgo de exclusión social.

2. O bien formalizar una conversión en indefinido del contrato temporal formativo. 

 

 

3. Cuantía

 

La cuantía se determinará en función de la duración de la jornada establecida en el contrato y que por colectivos son:

 

a) Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del SEF:

 

a.1 Colectivo Desempleadas de larga duración (art. 6.1.a)

- A Tiempo completo 6.000,00 euros

- A tiempo parcial 3.000,00 euros

 

a.2 Desempleadas de larga duración (art. 6.1.a) con 24 meses o más de inscripción ininterrumpida de empleo del SEF

 

- A Tiempo completo 7.000,00 euros

- A tiempo parcial 3.500,00 euros

 

b) Personas desempleadas que hayan cumplido 45 años o más, se encuentren inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF, y en situación de desempleo prolongado:

b.1 Sin cargas familiares (art.6.1.b)

 

- A Tiempo completo 7.000,00 euros

- A tiempo parcial 3.500,00 euros

 

b.2 Con cargas familiares (art. 6.1.b)

 

- A Tiempo completo 9.000,00 euros

- A tiempo parcial 4.500,00 euros

 

c) Personas desempleadas beneficiarias del Programa de Activación para el Empleo por el Servicio público de Empleo Estatal, y se encuentren inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del SEF (art.6.1.c)

 

- A Tiempo completo 7.500,00 euros

- A tiempo parcial 3.750,00 euros

 

d) Personas desempleadas que no hayan cumplido 30 años de edad, y que se encuentren inscritas como demandantes de empleo en Oficinas de Empleo del SEF. (art. 6.1.e)

 

- A Tiempo completo 6.000,00 euros

- A tiempo parcial 3.000,00 euros

 

e) Personas desempleadas que se encuentren desarrollando prácticas no laborales en empresas, de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre. (art. 6.1.f)

 

- A Tiempo completo 7.000,00 euros

- A tiempo parcial 3.500,00 euros

 

f) Personas desempleadas e inscritas en su correspondiente Oficina de Empleo de la Región de Murcia que tengan reconocida la condición de víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo o en situación de riesgo de exclusión social.

 

- A Tiempo completo 7.500,00 euros

-A tiempo parcial 3.750,00 euros

 

 

Para más información consulte al siguiente enlace:

 

https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1205&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m 

 

 

SUBVENCIONES DE FOMENTO DE LA CONVERSIÓN EN INDEFINIDOS DE CONTRATOS FORMATIVOS.

 

1.- Objeto

 

La conversión en indefinidos de los contratos formativos regulados en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, bien a tiempo completo, o bien, a tiempo parcial con una jornada mínima del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo.

 

 2.- Requisitos

 

Será requisito, que la empresa solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

 

a) Hallarse al corriente con  la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

b) Estar al corriente  con  la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

c) Encontrarse con la Seguridad Social.

 

 d) Formalizar un contrato de trabajo con personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil residentes en la Región de Murcia. Deberán estar inscritos, con anterioridad a la fecha de inicio del contrato de trabajo, en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, sin que se requiera su inscripción como demandante de empleo.

Sin perjuicio de las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios deberán cumplir la siguiente obligación:

 

- Mantenimiento del puesto de trabajo. Las empresas beneficiarias vendrán obligadas al mantenimiento de los contratos subvencionados durante un período de dos años (730 días).  

 

3.- Cuantía

 

La cuantía se determinará en función de la duración de jornada del contrato:

 

- A tiempo Completo: 6.000,00 euros

- A tiempo parcial: 3.000,00 euros

 

Para más información consulte al siguiente enlace:

 

https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1205&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m 

 

 

SUBVENCIONES  DE  FOMENTO DEL CONTRATO EN PRÁCTICAS

 

1.- Objeto

 

La realización de contratos formativos en prácticas a tiempo completo, regulados por el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores, realizados a personas jóvenes desempleadas que, con anterioridad a la fecha de inicio del contrato de trabajo, no hayan cumplido 30 años de edad y se encuentren inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia. 

 

2.- Requisitos

 

Será requisito necesario, que la empresa solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

 

a) Hallarse al corriente  con la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

b) Estar al corriente  con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

c) Encontrarse al corriente con la Seguridad Social.

 

Formalizar contratos  formativos en prácticas a tiempo completo, que se realicen a jóvenes desempleados, que con anterioridad a la fecha de inicio del contrato de trabajo cumplan los siguientes requisitos:

 

- No hayan cumplido 30 años de edad y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo del SEF.

 

Sin perjuicio de las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios deberán cumplir la siguiente obligación:

 

a) Mantenimiento del puesto de trabajo.

 

Asimismo deben cumplirse los requisitos establecidos en el art 12 de la Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia, modificada por la Orden de 6 de junio de 2016 y la Orden de 3 de mayo de 2017.

 

3.- Cuantía

 

La cantidad a conceder  se determinará en función de la duración del contrato de trabajo:

 

- Duración del Contrato: de 6 meses y menos de 12; Importe: 1.500,00 euros

- Duración del Contrato: de 12 meses y menos de 18; Importe: 2.700,00 euros

- Duración del Contrato: de 18 meses y menos de 24; Importe: 3.900,00 euros

- Duración del Contrato: de 24 meses; Importe: 5.100,00 euros 

 

Para más información consulte al siguiente enlace:

https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1206&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m 

 

 

SUBVENCIÓN DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS DE LARGA DURACIÓN.

 

1.- Objeto

 

Aprobar la convocatoria de subvenciones como actividad de fomento de empleo del Programa de Acción Conjunta para personas desempleadas de larga duración por empresas con centros de trabajo en la Región de Murcia.

Serán subvencionables las contrataciones indefinidas realizadas a tiempo completo o a tiempo parcial cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo, de personas desempleadas. 

 

2.-  Requisitos

 

Será requisito necesario, que la empresa solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

 

a) Hallarse al corriente  con la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

b) Estar al corriente  con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

c) Encontrarse al corriente con la Seguridad Social.

 

Formalizar un contrato de trabajo indefinido con personas desempleadas que con anterioridad al inicio de la relación laboral: 

 

a) Se encuentren inscritas en alguna Oficina de Empleo de la Región de Murcia como demandantes de empleo.

 

b) Sean consideradas desempleadas de larga duración, por haber permanecido inscritas como demandantes de empleo durante al menos 360 días de los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.

 

c) Con anterioridad al inicio de la relación laboral, estén incluidas dentro del Programa de Acción Conjunta para Desempleados de Larga Duración y dispongan de un acuerdo personal de empleo con el servicio público de empleo o entidad colaboradora.

 

3.- Cuantía

 

Las cuantías se concederán en función del colectivo de pertenencia de la persona desempleada y de la duración de la jornada laboral:

 

Personas desempleadas de larga duración     T/ COMPLETO    T/ PARCIAL

- Mujer de 30 a 54 años (ambos inclusive).       7.000,00              3.500,00

- Hombre de 30 a 54 años (ambos inclusive).  6.000,00              3.000,00

- Mujer menor de 30 años o mayor de 54.         6.000,00             3.000,00

- Hombre menor de 30 años o mayor de 54.    5.500,00              2.750,00 

 

Para más información consulta el siguiente enlace:

 

https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=2450&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m 

 

El plazo para la presentación de  cualquiera de  las solicitudes de subvención será de 15 días a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social del trabajador contratado.

 

 En el supuesto de las contrataciones realizadas entre el 1 de enero de 2018 y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados a partir del

 

Además, todas las solicitudes de subvención deberán ser presentadas entre el día siguiente al de publicación de la convocatoria y el 1 de octubre de 2018, siendo éste el último día de presentación de solicitudes.

 

 

08/03/2018
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