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¿CUANDO EMPIEZA LA JORNADA LABORAL?

¿CUANDO EMPIEZA LA JORNADA LABORAL? - ASESORÍA OFIGEM

LOS DESPLAZAMIENTOS DE LOS TRABAJADORES SIN CENTRO FIJO  ENTRE SU DOMICILIO Y EL PRIMER O ÚLTIMO SERVICIO, ES TIEMPO DE TRABAJO.  (SENTENCIA DEL TSJUE DE 10.09.15).

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea  declara que, en caso de que los trabajadores carezcan de centro de trabajo fijo o habitual, el tiempo que dedican a los desplazamientos diarios entre su domicilio y los del primer y último cliente,  constituye tiempo de trabajo. No computar como tiempo de trabajo esos desplazamientos sería contrario al objetivo de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores perseguido por el Derecho Comunitario.

 

En numerosas actividades, sobre todo en los servicios tanto a empresas como particulares, el trabajador tiene que desempeñar su actividad laboral en el centro de trabajo o domicilio del respectivo cliente. Cuando el trabajador no dispone de un centro de trabajo fijo o habitual se plantea un grave problema a la hora de determinar  como llevar a cabo el cómputo de la jornada de trabajo, cuando ese desplazamiento es a distinta localidad o los lugares de trabajo están distanciados de su propio domicilio.

La Sentencia de 10 de marzo de 2015 del TSJUE , declara que, en caso de que los trabajadores, carezcan de centro de trabajo fijo o habitual, el tiempo de desplazamiento que dichos trabajadores dedican a los desplazamientos diarios entre su domicilio y los del primer y del último cliente que les asigna su empresario, constituye tiempo de trabajo en el sentido de la Directiva 2003/88/CE.

Razona la sentencia, que durante los desplazamientos los trabajadores están a disposición del empleador, y por tanto, durante estos desplazamientos los trabajadores están sometidos a las instrucciones de su empresario, que puede cambiar el orden de los clientes o anular o añadir una cita. En consecuencia, durante la duración necesaria del desplazamiento, que en la mayor parte de los casos no se puede reducir, estos trabajadores no pueden disponer libremente de su tiempo y dedicarse a sus asuntos personales.

El Tribunal de Justicia concluye, que los trabajadores están trabajando durante los desplazamientos. Si un trabajador que ya no tiene lugar de trabajo fijo ejerce sus funciones durante el desplazamiento hacia o desde un cliente, debe considerarse que este trabajador permanece igualmente en el trabajo durante ese trayecto. En efecto, dado que los desplazamientos son consustanciales a la condición de ese tipo de trabajador, el lugar de trabajo de estos trabajadores no puede reducirse a los lugares de intervención física en los domicilios o establecimientos de los clientes del empresario.

 

06/04/2016 comentarios (0)
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