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¿ES OBLIGATORIO REALIZAR LOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS A TODOS LOS TRABAJADORES?

¿ES OBLIGATORIO REALIZAR LOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS A TODOS LOS TRABAJADORES? - ASESORÍA OFIGEM

El empresario  está obligado a  ofrecer anualmente a sus trabajadores la posibilidad de pasar un reconocimiento médico. Los trabajadores pueden decir que sí  se lo hacen o no, pero deben dejar constancia de su decisión por escrito.

Según el  artículo 22, de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, “El empresario garantizará la vigilancia periódica del estado de salud de sus trabajadores en función de sus riesgos. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento y esto sólo se exceptuará cuando los reconocimientos sean imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo o verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa o cuando esté establecido por ley”.

 

De este artículo se deduce que:

a)      La empresa está obligada a contratar y ofrecer vigilancia de la salud,  a todos y cada uno de sus trabajadores. Es un derecho del trabajador.

b)     Para realizar la revisión médica, el trabajador tiene que  dar su consentimiento, por lo tanto puede renunciar a este derecho pero es conveniente que se haga siempre por escrito.

 

 Sin embargo hay supuestos en los que la empresa sí puede obligar a sus trabajadores a hacerse los reconocimientos médicos:

 

  • Siempre que exista un peligro real, tanto para el propio trabajador  o para otros trabajadores o para las personas de su entorno.
  • Cuando sea necesario para evaluar  los efectos de las condiciones  de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
  • Cuando la ley lo indique o bien estén estipulado por convenio.

 

 

 

Si tienes alguna duda o necesitas aclaración al respecto, ponte en contacto con nosotros. 

09/05/2018 comentarios (0)
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