ASESORÍA OFIGEMwww.ofigem.es

Home » Actualidad » FISCAL » FINAL DE AÑO: APORTACIONES AL PLAN DE PENSIONES 2017

FINAL DE AÑO: APORTACIONES AL PLAN DE PENSIONES 2017

FINAL DE AÑO: APORTACIONES AL PLAN DE PENSIONES 2017 - ASESORÍA OFIGEM

Próximo al final de año, si quieren beneficiarse fiscalmente en su Renta del año 2017, deben de plantearse la aportación a su Plan de Pensiones.

 

 

 

 

 

 

Le recordamos que la aportación máxima anual que nos dará derecho a la reducción es la menor de las siguientes:

  • El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas recibidas por usted en el ejercicio.
  • 8.000 euros anuales para todos los contribuyentes.

 

Para poder utilizar esta ventaja fiscal es  necesaria que se obtengan rendimientos del trabajo y/o de actividades económicas, por lo que si sus ingresos provienen por ejemplo de intereses, acciones, alquileres, puede que no le intereses realizar aportaciones a un Plan de Pensiones.

 

Si su cónyuge, no tiene rentas o éstas no superan los 8.000 euros anuales, recuerde que la aportación al Plan de Pensiones de su cónyuge, podrá usted deducirla, además de su propia aportación con un máximo de 2.500 euros anuales.

 

Por último, comentarle, que desde hace algunas semanas la prensa nos informa, que se podrán rescatar las aportaciones a Planes de Pensiones depositadas más de 10 años, sin necesidad de que tenga que justificar nada.  Este hecho, por tanto, hace exigible el cobro de dichas cantidades a los 10 años, por lo que si usted debe dinero a un tercero, debe de tener en cuenta que transcurridos 10 años desde su aportación, dichas cantidades se podrán embargar, sin necesidad de que el titular proceda a rescatarlo, por lo tanto, la ventaja de poder rescatarlo, tiene el inconveniente que también es embargable, aunque hay que tener en cuenta, que este embargo siempre será por la autoridad administrativa o judicial.

 

28/11/2017 comentarios (0)
ASESORÍA OFIGEM

Localícenos

Privacy Policy