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Se ha publicado la Orden HAP/347/2016, el 11 de marzo, en la que se eleva a 30.000€ (antes 18.000), el límite exento de la obligación de aportar garantía a las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de deudas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas.
Recordemos que el 20 de octubre de 2015, fue publicado en el BOE una Orden ministerial en la que le elevaba el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000€. Pero ese nuevo límite sólo afectaba a las deudas gestionadas por Hacienda Pública Estatal y no a las deudas cuya gestión recaudatoria correspondía a las Comunidades Autónomas.
Las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento en tramitación a la entrada en vigor (el próximo 18 de marzo) de la presente orden seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud, es decir, se le aplicará el límite anterior de 18.000€.