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LAS MEDIDAS QUE TRAERÁ LA NUEVA LEY DE AUTÓNOMOS

El  Congreso de los Diputados ha dado el visto bueno a la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que incluye más de veinte medidas para mejorar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de este colectivo

 

 

 

 

Algunas de las medidas más destacadas  del acuerdo:

- Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año. Además, se podrá reemprender el negocio  con esa tarifa plana tras dos años de haber interrumpido la actividad. En la actualidad hay que esperar cinco años para poder hacerlo.

- Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a los ingresos, frente a las dos actuales.

- Se permiten tres altas y tres bajas al año y que los autónomos solo paguen por los días que han trabajado, en el mes de alta o de baja.

- La cuota de los autónomos societarios ya no se vinculará a la subida del SMI, como ha ocurrido este año y se determinará a partir de ahora en los Presupuestos Generales del cada año.

- Reducción a la mitad de los recargos de la Seguridad Social por retrasos en las cuotas, al pasar del 20% actual al 10% en el primer mes.

- Apoyo a la mujer autónoma,  se fija una exención del 100% de la cuota durante doce meses por cuidado de menores o dependientes y para aquellas autónomas que se incorporen al empleo tras la maternidad se establece una tarifa plana de 50 euros que se podrá disfrutar durante un año tras su incorporación después de dos años de cese.

- Devolución, de oficio, del exceso de cotización de las personas en pluriactividad, sin que sea la persona la que deba solicitar su devolución.

- Los autónomos empleadores en edad de jubilación podrán compatibilizar el cobro del 100% de la pensión con el trabajo por cuenta propia, mientras que hasta ahora solo podía disfrutar de 50% de la pensión.

- Mejora de las condiciones para emprender de las personas con discapacidad. También se beneficiarán de esas mejoras los hijos con discapacidad de los trabajadores por cuenta propia, que podrán contratarlos.

- Reconocimiento del accidente in itinere ( de ida o de vuelta al puesto de trabajo), para los autónomos.

 

28/06/2017 comentarios (0)
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