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MEDIDAS FISCALES DE LA LEY DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTÓNOMO.

MEDIDAS FISCALES DE LA LEY DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTÓNOMO. - ASESORÍA OFIGEM

Ayer fue publicada la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que incluye las siguientes medidas fiscales, que pretenden dar liquidez a los autónomos.

 

 

 

Dicha Ley, en su título V, Medidas para clarificar la fiscalidad de los trabajadores, procede a indicar  en su artículo 11, la deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad. En concreto:

 

 

(Art. 11 L 6/2017, art. 30.2.5ª L 35/2006, art. 9.B.1 b RD 439/2007 ).

 

  • DEDUCIBILIDAD DE LOS GASTOS DE VIVIENDA, correspondientes a la parte de la vivienda que está afecta a la actividad.

ü  Los gastos de suministros: (agua, gas, electricidad, teléfono, internet.. serán deducibles en el  porcentaje de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

ü  Los gastos derivados de la titularidad de la vivienda: (amortizaciones, IBI, cdad de propietarios…) se podrán deducir en proporción a la parte de la vivienda afectada a la actividad, y al porcentaje de titularidad de la misma.

  • GASTOS DE MANUTENCIÓN DEL AUTÓNOMO.

  Es decir, dietas del propio autónomo, que hasta ahora no eran deducibles, serán deducibles siempre y cuando se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se paguen mediante cualquier medio electrónico de pago. Tendrán los mismos límites que los establecidos para los trabajadores, es decir, con carácter general 26.67 euros diarios si el gasto se produce en España o 48.08 euros si es en el extranjero, cantidades que, a su vez, se duplican si como consecuencia del desplazamiento se pernocta.

 

 

Indicar, que las reformas indicadas anteriormente  entran en vigor el día 1 de enero de 2018, por lo que afectará a partir del inicio del próximo año.

 

Así mismo, les informamos que en breve les informaremos de las medidas en materia de Seguridad Social que incorpora esta misma ley y que algunas de ellas ya están en vigor desde hoy.

 

26/10/2017 comentarios (0)
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