A continuación se detallan las principales novedades:
- Desde el 01 de abril de 2018, será obligatoria la comunicación por parte de la empresa la fecha de inicio de la suspensión del contrato de trabajo o del correspondiente permiso, a efectos de tramitar las prestaciones por maternidad, paternidad.
- § Tienen hasta el 01 de junio de 2018 para incorporarse al sistema de notificación electrónica, a efectos de recibir las notificaciones y comunicaciones electrónicas, todos los obligados a incorporarse al Sistema RED, y los que sin estar obligados, se hayan adherido voluntariamente al mismo.
- § Los trabajadores por cuenta propia integrados en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los Trabajadores del Mar, tienen hasta 01 de octubre de 2018, para la incorporación al sistema de notificación electrónica.
- § Desde 01 de enero de 2019, será obligatoria la comunicación por parte de la empresa, a través del Sistema Red la suspensión del contrato de trabajo o del correspondiente permiso por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como las reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, con el fin de tramitar la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, de las que sean beneficiarios lo trabajadores por cuenta ajena o asimilados.
La incorporación al Sistema RED no será obligatoria:
- En el Régimen General de la Seguridad Social, para las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, del colectivo de profesionales taurinos y al Sistema Especial para Empleados de Hogar.
- En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, para los trabajadores por cuenta propia clasificados, a efectos de cotización, en los grupos segundo y tercero de dicho régimen.
Quedamos a su entera disposición para cualquier duda o consulta sobre lo anteriormente expuesto.