ASESORÍA OFIGEMwww.ofigem.es

Home » Actualidad » LABORAL » PERMISO POR MATRIMONIO A LAS PAREJAS DE HECHO.

PERMISO POR MATRIMONIO A LAS PAREJAS DE HECHO.

PERMISO POR MATRIMONIO A LAS PAREJAS DE HECHO. - ASESORÍA OFIGEM

La empresa no está obligada a conceder permiso por matrimonio a las parejas de hecho.

 

La sentencia de la Audiencia Nacional de 08.01.2018 rechaza que el permiso laboral por matrimonio se pueda aplicar, si no lo recoge  expresamente el convenio colectivo, a aquellos trabajadores que constituyen parejas de hecho o a los nuevos modelos de convivencia familiar, diferente al de las uniones matrimoniales.

 

 

El sindicato de una empresa de paquetería, presentó una solicitud de conflicto colectivo a la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo  de Correos con el fin de aclarar el art. 58. a)  del Convenio  consistente en la equiparación del derecho a disfrutar el permiso retribuido por matrimonio a los trabajadores que constituyan  parejas de hecho.

 

Tras no recibir respuesta de la  Comisión, interpuso demanda ante la Audiencia Nacional al interpretar que la falta de equiparación incumplía lo dispuesto en el art. 14 de la Constitución “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

La AN desestima la demanda de conflicto colectivo interpuesta por el Sindicato Federal de Correos por la que solicitaba la interpretación  del artículo 58.a) del Convenio y se pronuncia diciendo que la interpretación literal del precepto es clara, reconociendo un permiso de quince días naturales en caso de matrimonio.

El Tribunal Constitucional ha resuelto la equiparación de los derechos entre quienes contraen matrimonio y quienes constituyen pareja de hecho, considerando que la diferencia de trato entre unos y otros, sin que a los segundos se les prohíba casarse, no es contraria al principio de igualdad.

 Como conclusión , la Audiencia  deduce que, al haberse pactado en convenio,  que el permiso se reconoce a los trabajadores que contraen matrimonio, siendo imposible hacer  una deducción que extienda el derecho a disfrutar de ese permiso a quienes contraen pareja de hecho, sin que esto infrinja el principio de igualdad.

28/02/2018 comentarios (0)
ASESORÍA OFIGEM

Localícenos

Privacy Policy