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PLAZOS PARA LA TRANSMISIÓN DE PARTES DE ENFERMEDAD

PLAZOS PARA LA TRANSMISIÓN DE PARTES DE ENFERMEDAD - ASESORÍA OFIGEM

La Orden ESS/1187/2015, (BOE 20/06/2015) que  desarrolla el Real Decreto 625/2014 donde se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración,...

desarrolla el nuevo contenido obligatorio de los partes médicos que se han de emitir en los procesos de incapacidad temporal (IT) y en el procedimiento de control y gestión de los mismos.

 

Asimismo, la citada orden determina que su contenido entra en vigor el 1 de diciembre de 2015.

 

En su artículo 11, determina la obligatoriedad de la transmisión al INSS, tanto de los partes de baja como de confirmación y alta de procesos de IT, en el plazo máximo de tres días hábiles, una vez que sean presentados por el trabajador a la empresa, con independencia de cuál sea la entidad o empresa responsable del pago de la prestación económica.

 

Se recuerda la obligación existente para la empresa, de trasmitir fielmente el contenido de los partes de baja, confirmación o alta presentado por el trabajador/a y los datos económicos que han de ser comunicados por la misma.

 

25/01/2016 comentarios (0)
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