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TARIFA REDUCIDA DE 500 EUROS PARA LA CONTRATACION DE TRABAJADORES INDEFINIDOS

TARIFA REDUCIDA DE 500 EUROS PARA LA CONTRATACION DE TRABAJADORES INDEFINIDOS - ASESORÍA OFIGEM

Es una medida aprobada para  incentivar la contratación indefinida de empleados, sobre todo para pymes, autónomos y emprendedores.

  • ¿QUÉ ES LA TARIFA REDUCIDA DE 500 EUROS A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA?

Es una bonificación por la que están exentos de cotización por contingencias comunes a la seguridad social los primeros 500 euros de sueldo de cada empleado contratado indefinidamente.

En los contratos a tiempo parcial: Cuando la jornada de trabajo sea, al menos equivalente a un 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, los 500 euros se reducirán de forma proporcional al porcentaje de reducción de jornada.

  • REQUISITOS PARA LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS

 

-     Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, tanto en la fecha de efectos del alta de los trabajadores como durante la aplicación del beneficio.

-     No haber extinguido contratos en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato indefinido que da lugar a la aplicación de la tarifa reducida por causas objetivas, despidos disciplinarios o despidos colectivos.

-     Que la celebración del contrato suponga un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total en la empresa.

-     El nivel de empleo creado deberá mantenerse al menos durante tres años. En caso de no incumplir con el nivel de empleo durante 36 meses, la empresa o empleador deberá reintegrar el importe de las bonificaciones de las que haya disfrutado, en los siguientes términos:

  1. Si el requisito se incumple desde la fecha de inicio de la aplicación del respectivo beneficio hasta el mes 12: se reintegrará el 100% de la reducción de cuotas.
  2. Si el requisito se incumple desde el mes 13 y hasta el mes 24: se reintegrará la diferencia por los meses  que hayan transcurrido desde el  mes 13.
  3. Si el requisito se incumple desde el mes 25 y hasta el mes 36; se reintegrará la diferencia por los meses que hayan transcurrido desde el mes 25.

-          No haber sido excluida del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de las infracciones graves o muy graves.

 

  • DURACIÓN DE LA BONIFICACION A LA CONTRATACION

 

-          Regla general: 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato. 

-         Las empresas que tengan menos de 10 trabajadores, la ayuda se ampliará durante otros 12 meses, si bien  en este periodo estarán exentos de la aplicación del tipo de cotización los primeros 250 euros de la base de cotización o la cuantía proporcionalmente reducida que corresponda en los supuestos de contratación a tiempo parcial. 

-          En cuanto a la duración de la medida, se prevé que la ayuda se mantenga durante los

próximos 18 meses, por lo que estará en vigor hasta agosto de 2016.

 

  • SUPUESTOS EXCLUIDOS DE LA APLICACIÓN DE LA TARIFA REDUCIDA

 

-          Las relaciones laborales de carácter especial. 

-         Las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el 2º grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad. 

-         Las contrataciones de trabajadores cuya actividad determine su inclusión en cualquiera de los sistemas especiales del Régimen general de la Seguridad Social. 

-         Las contrataciones de trabajadores  que en los seis meses anteriores a la fecha del contrato hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad mediante un contrato indefinido. 

 

  • COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS

 

-         Será compatible con Tarifa Joven (bonificación prevista en el art. 107 Ley 18/2014), cuando el contrato indefinido se formalice con beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 

-         La reducción será compatible con el Programa Especial de Activación para el Empleo. 

16/12/2015 comentarios (0)
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