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El T.S. determina que la convivencia con un tercero ajeno en la vivienda provoca que ésta pierda su “carácter familiar”.
Algunas Administraciones pretenden evitar realizar la visita pericial.
Es el Banco el obligado a abonar los impuestos derivados de la constitución de hipoteca.
No se realizará imputación de rentas cuando el inmueble esté ocupado ilegalmente.
Es muy importante conocer bien las coberturas de nuestro seguro